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Public data from subastas.boe.es and the TGSS portal. Updated daily.Talk to the agent
Directory / #28921
28921RECAUDACIÓN TRIBUTARIAIn execution

Vivienda · Residencial

ALCALALI, ALICANTE
Auction value
269.174 €
Appraisal
269.174 €
Minimum bid
134.587 €
Deposit
13.459 €
Cargando mapa…

Deadlines

Start:18 September 2026
End:08 October 2026
Days until closing:18 days
Bid increment:3000 €

Cadastral data

Use:Residencial
Built area:236 m²
Plot area:1607 m²
Construction year:1988
Address:UR SOLANA GARDENS 25 03728 ALCALALI (ALICANTE)

Encumbrances

1 - Se constituye servidumbre de paso para personas y vehiculos a favor de las fincas segregadas 1098,1099,1100,1101,1102,1103, 1104,1105,1106,1107, 1108, 1109, 1110, 1111 Y 1112 propiedad de Álvaro Norniella Gónzalez y esposa, por los caminos o carreteras que en su día se proyecta construir sobre dicho predio sirviente, hasta enlazar el predio dominante con camino o carretera de acceso público a favor de 15 fincas segregadas de Álvaro Norniella

Alerts

  • Cargas (análisis): La subasta mantiene una servidumbre de paso a favor de 15 fincas colindantes, que el adjudicatario deberá respetar.
  • El adjudicatario se SUBROGA en cargas anteriores: súmalas al coste real.
  • Situación posesoria: Ocupante desconocido. Puede haber ocupantes con derechos.

Signals

  • Descuento nominal sobre tasación: 0.0%.
  • Cierre en 18 días.
  • Información adicional: El tasador indica que se trata de suelo urbano, asimismo advierte que: "existen elementos o inmuebles construido sobre la finca, no inscritos registralmente, que se han considerado en la valoración al ser acordes con la normativa urbanística vigente. Se recomienda su correcta inscripción" y que: "La

How to participate

Subasta electrónica en el portal subastas.boe.es. Para pujar deposita 13.459 € (5% del valor de subasta). Pujas en tramos de 3.000 €. Cierre el 8 de octubre de 2026 a las 18:00. El depósito se devuelve si la subasta no se adjudica a tu favor.

Managing body

Suma Gestión Tributaria. Diputación de Alicante (Suma Gestión Tributaria)

Address:RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 42 ; 03002 ALACANT/ALICANTE
Phone:965 292 000
Email:[email protected]

Additional information

El tasador indica que se trata de suelo urbano, asimismo advierte que: "existen elementos o inmuebles construido sobre la finca, no inscritos registralmente, que se han considerado en la valoración al ser acordes con la normativa urbanística vigente. Se recomienda su correcta inscripción" y que: "La vivienda posee 2 plantas sobre rasante, con tipología de bloque aislado, estructura de hormigón armado y fachada de enfoscado-pintado, y un nivel de calidad de la construcción sencilla". En el momento de la personación, se aprecia que puede haber gente viviendo en el inmueble. Respecto a la situación posesoria informada en el Portal de subastas del BOE, la misma resulta de diligencia de personación obrante en el expediente, pudiendo verse alterada dicha situación por el transcurso del tiempo entre la diligencia de personación y la realización de la subasta, o por circunstancias que no pudieran ser apreciadas por la Administración en el momento de la personación. Sin perjuicio de lo anterior, la toma de posesión por parte del adjudicatario, una vez se le haga entrega del título de propiedad, deberá ser tramitada por parte del mismo mediante los medios previstos en derecho. Conforme se desprende del informe de valoración y en su caso de la diligencia de personación, en la realidad física existe una construcción que no figura inscrita registralmente. El acceso al Registro de la realidad física de la finca, para la posterior eficacia de la exactitud registral, podrá llevarlo a cabo el adjudicatario, conforme resolución de la DGRN de 29/05/1965. La inscripción deberá serlo mediante el procedimiento de declaración de obra, conforme el artículo 198 Decreto de 8/02/1946 (Ley Hipotecaria). Todo ello acreditando el cumplimiento de lo previsto en los artículos 45 a 55 del RD 1093/1997 de 4 de julio, art 20.1 de la Ley Ordenación Edificación de 5/11/1999, y demás normativa reguladora de la edificación y obra. Asimismo el inmueble deberá cumplir lo establecido en la norma urbanística

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