El día después

Has ganado: del remate a las llaves

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El Pujante
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In short

Ganar la puja es el principio. Después hay que pagar el resto del precio en plazo, recoger el documento que acredita la adquisición, inscribirlo en el Registro, pagar impuestos y ocuparse de la posesión. Cada paso tiene su plazo y saltárselos cuesta caro.

Pagar el resto, y hacerlo a tiempo

Al ganar has comprometido el importe de tu puja, del que ya tenías consignada una parte como depósito. El resto hay que ingresarlo dentro del plazo que fije la resolución correspondiente. Ese plazo no es el mismo en todos los procedimientos y ha cambiado con las reformas recientes, así que la única referencia buena es la de tu expediente: léela y anótala.

Las consecuencias de no pagar son serias: pierdes el depósito y la adjudicación se deshace. Por eso la regla práctica es no pujar con dinero que no tengas disponible ya, sin depender de conseguir financiación después.

No cuentes con hipotecar el inmueble para pagar el remate: los plazos son cortos y el banco necesita el bien ya inscrito a tu nombre.

El documento que te acredita como dueño

Una vez pagado, el órgano que ha tramitado la subasta expide el documento que acredita tu adquisición. En la subasta judicial es una resolución del letrado de la Administración de Justicia que sirve directamente como título para inscribir: no necesitas escritura notarial.

Junto a él se expide la orden dirigida al Registro para cancelar las cargas posteriores al embargo. Es el momento en el que se materializa la purga: las anteriores, recuerda, siguen ahí.

Inscribir y pagar impuestos

Con el título en la mano toca liquidar el impuesto de la transmisión —hay plazo, y varía según la comunidad— y presentar la documentación en el Registro de la Propiedad para que la finca quede inscrita a tu nombre.

Inscribir no es obligatorio pero sí muy conveniente: es lo que te protege frente a terceros y lo que te permitirá vender o hipotecar sin fricciones. Además, sin inscripción el banco no te dará financiación sobre el inmueble.

Aprovecha para comprobar, unas semanas después, que las cargas posteriores han desaparecido efectivamente del Registro. La orden se expide, pero conviene verificar que se ha ejecutado.

La posesión, que es un asunto aparte

Ser el propietario inscrito y poder entrar en el inmueble son cosas distintas. Si está vacío, la entrega es un trámite; si hay alguien dentro, hay que pedir la puesta en posesión y, si hace falta, el desalojo.

Ese trámite no se inicia solo: lo tienes que solicitar tú. Y su duración depende del tipo de ocupante y del juzgado, sin que exista una estadística oficial que permita prometer plazos.

Mientras tanto, el inmueble ya es tuyo a todos los efectos: pagas su IBI, respondes de sus cuotas de comunidad y asumes su mantenimiento. Ese coste de espera es parte del precio real de la operación y conviene haberlo previsto antes de pujar, no descubrirlo después.

Common mistakes

  • Pujar contando con pedir una hipoteca después: los plazos de pago no dan para eso.
  • Dejar pasar el plazo de pago del resto del precio y perder el depósito.
  • No liquidar el impuesto de transmisión dentro de plazo.
  • No comprobar semanas después que las cargas posteriores se han cancelado de verdad.
  • Olvidar que desde la adjudicación ya corren a tu cargo el IBI, la comunidad y el mantenimiento.

Subastas que se cierran pronto

Si vas a pujar en alguna, ten el dinero disponible antes: después del remate el reloj corre.

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Check what you learned

  1. 1. Si no pagas el resto del precio en plazo, ¿qué ocurre?

  2. 2. En una subasta judicial, ¿necesitas escritura notarial para inscribir?

  3. 3. Desde la adjudicación, ¿quién paga el IBI y la comunidad?

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